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Garancia :

La garantía en las viviendas de obra nueva viene recogida en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), en la cual se establecen tres periodos en función del tipo de desperfecto.

10 años de garantía para los defectos estructurales. También conocido como el seguro decenal. En esta garantía se cubren los desperfectos más graves que afecten a la resistencia mecánica y estabilidad del edificio como, por ejemplo, la cimentación, las vigas, el soporte, los muros de carga, los forjados u otros elementos que entren dentro de la categoría de estructural.
3 años para los defectos en los elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad del edificio. En esta nos encontramos con defectos como humedades, fallos en las instalaciones del agua, gas, electricidad…
1 año para los acabados. Durante el primer año están cubiertos los fallos o vicios que afecten a los acabados de la vivienda, como pueden ser los fallos en la pintura. - (c) 2024 Adevinta, en caso de que redistribuyas o difundas nuestro contenido protegido, recuerda que debes citarnos.

 

 

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